La ACC ha presentado alegaciones al Proyecto de Decreto de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal de Cataluña

 

La Generalitat de Catalunya ha venido elaborando a lo largo de los últimos meses el que ha venido a denominarse Reglamento penitenciario catalán. La ACC ya presentó alegaciones al proyecto de bases de dicho Decreto, redactado por el fiscal anticorrupción Carlos Jíménez Villarejo, para que en él se incluyera la figura del criminólogo como elemento básico del trabajo penitenciario, dicha sugerencia parece haber surtido efecto ya que en el proyecto definitivo el criminólogo ha sido contemplado de forma diferenciada y estamos en condiciones de poder afirmar que con su aprobación se crearán los primeros puestos de trabajo exclusivos para criminólogos en la administración catalana y en el sistema penitenciario español en su conjunto.

En concreto el proyecto incluye dos menciones al criminólogo:

1. En el artículo 25 (Composición del equipo multidisciplinar), al hacer referencia en el apartado 3 a las posibles incorporaciones al equipo habla de un criminólogo/a.

2. En el artículo 56, relativo al Coordinador/a de programas de atención especializada, al indicar qué funcionarios pueden desarrollar estas funciones dice,

"Las funciones de/de la jefe/a del equipo multidisciplinar serán asumidas por un/a funcionario/a del grupo A de los cuerpos de titulación superior que habilitan para el ejercicio de las competencias profesionales de los puestos de trabajo de jurista, psicólogo/a, pedagogo/a o criminólogo/a de los centros penitenciarios".

No obstante el redactado del proyecto nos pareció insuficiente por cuanto no contempla las funciones que dichos profesionales habrán de desempeñar y, como bien es sabido, en una estructura compleja quien no tiene bien definidas sus funciones no tiene función alguna o las tiene todas, incluso puede no tener cabida la misma figura del criminólogo si no se clarifican sus labores con anterioridad.

Por este motivo a la secretaría de la ACC le fue encomendada la labor de desarrollar un estudio acerca de las funciones que el criminólogo debería desempeñar en el sistema penitenciario. Dicho estudio ha dado como resultado un informe que ha sido remitido a las autoridades penitenciarias catalanas.

Confiamos que una vez más la administración penitenciaria catalana dé muestras de progresismo y nos sorprenda agradablemente incorporando, cuando menos, el espíritu de dicha propuesta. Sería un buen comienzo para la andadura profesional de los futuros licenciados en Criminología que su estreno se llevase a cabo en el lugar que vio nacer, hace más de cincuenta años, los primeros estudios de Criminología en España.

Esperemos que también en el ejercicio profesional Cataluña vuelva a ser pionera en cuanto a lo que en Criminología se refiere.

 

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