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EL PASADO DÍA SIETE DE OCTUBRE ENTRÓ EN VIGOR EL REGLAMENT D'ORGANITZACIÓ I FUNCIONAMENTE DELS SERVEIS D'EXECUCIÓ PENAL A CATALUNYA Este texto legal viene a dar cumplimiento a la previsión del Reglamento penitenciario de 1996 según la cual las CC.AA. con competencia en el ámbito penitenciario podrán desarrollar legislativamente la estructura orgánica y funcional de los centros penitenciarios y de su centro directivo. Con motivo de esta nueva regulación la ACC se puso en contacto con el Departament de Justícia a fin de proponerle la incorporación del Criminólogo como profesional cualificado y especialmente preparado para desarrollar las diversas misiones encomendadas al sistema penitenciario. Desde la ACC remitimos al Departament de Justícia una propuesta de desarrollo de esas funciones que finalmente ha quedado reducido a una mención en los artículos 37 y 60 del texto articulado. Nuestra propuesta se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.criminologos.org/html/pro_crim_reg.pdf El texto del Reglament está accesible aquí: http://www.gencat.net/eadop/imatges/4714/06237067.pdf Por último incluimos una comunicación presentada en el III Congreso Español de Criminología celebrado en la UNED en abril de 2006 y que, en esencia, reproduce la propuesta presentada ante el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, el enlace es el siguiente: http://www.criminologos.org/html/pro_crim_reg_UNED.pdf
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